viernes, 20 de noviembre de 2009

RUTA 443

La Ruta 443 une el noroeste de Jerusalen con el area metropolitana de Tel-Aviv. Era una de las principales arterias de trafico palestino del distrito sur de Ramallah uniendo esta con los pueblos palestios que se extienden a suroeste de la ciudad como Al Burj, Saffa, Kharbatha El Misbah, Beit Ur 'El Tahta, Beit Ur' El Fuqa y Beituniya. Antes de la segunda intifada Israel amplio la carretera requisando tierras palestinas, arrancando cientos de olivos y convirtiendo la carretera en una autopista de cuatro carriles. Alego Israel que la tierra fue requisada atendiendo a las necesidades de la población local y prometió a los palestinos afectados que se les permitiría utilizarla.

A pesar de dicha promesa, a partir de 2002, Israel prohibió a los palestinos viajar en coche o a pie en los 14 kilómetros de la carretera que se encuentra en Cisjordania. La prohibición también se aplica en casos de emergencia médica y en el transporte de mercancía de las aldeas palestinas de los alrededores. Siendo la alternativa para los 35.000 residentes de las aldeas situadas a ambos lados de la Ruta 443 una carretera de un único carril mucho más larga que el camino original y en peores condiciones.

La prohibición de movimiento de los palestinos en la Ruta 443 nunca fue autorizada por una orden militar o cualquier otro medio legal. Llevándose a la practica en primer lugar mediante obstáculos físicos como puertas de hierro, bloques de hormigón y/o puesto de control y más tarde por patrullas del ejército.

La necesidad de emplear la Ruta 443 es esencial para los palestinos. Siendo esta el principal camino que los lleva de sus tierras de cultivo y la principal ruta de acceso a Ramallah, el principal centro urbano donde los palestinos de las aldeas de alrededor acuden a los hospitales, escuelas y servicios sociales.

La prohibición vulnera el derecho de los palestinos a la libertad de circulación, y, en consecuencia, su capacidad para ejercer otros derechos, tales como el derecho a la salud, al trabajo, a la vida familiar y social y a la educación entre otros.

Según la legalidad internacional Israel tiene el deber de proteger la vida de todas las personas del territorio bajo su control. Tiene derecho a imponer restricciones a la circulación de los palestinos, pero sólo cuando sea imprescindible por razones de seguridad y de conformidad con el principio de proporcionalidad. La prohibición de uso de la Ruta 443 para los palestinos sin embargo parece servir a fines ajenos como es el deseo de Israel de anexionarse de facto el área que la carretera recorre. La carretera une dos partes de Israel; el noroeste de Jerusalén y el área metropolitana de Tel-Aviv cruzando territorio palestino ocupado.

Si Israel lo que pretendía era únicamente proteger la vida de los israelíes y no anexionarse un territorio que no le pertenece podría haberlo hecho prohibiendo o limitando los viajes a través de esa carretera, construyendo otra en su propio territorio, no en el territorio palestino.

La prohibición es también una violación flagrante del derecho internacional que prohíbe el castigo colectivo. Según Israel las restricciones de movimiento a los palestinos son una medida preventiva de seguridad y no un castigo colectivo. Sin embargo la gran mayoría de las personas que sufren la prohibición no son sospechosas de representar ninguna amenaza. La prohibición también constituye una discriminación racial, ya que se basa en el origen nacional de las personas que desean emplear la carretera. Dicha discriminación estaría prohibida en virtud del derecho internacional.

En junio de 2007 residentes de seis aldeas a lo largo de la ruta representados por la Asociación por los Derechos Civiles de Israel solicitaron a la Corte Suprema de Justicia eliminar los obstáculos que les impiden el acceso a la carretera permitiendo a los palestinos el uso de la Ruta 443. Como respuesta el ejército anuncio que iba a permitir que 80 vehículos de las aldeas peticionarias viajaran por la carretera por el día. Restringiendo la circulación nocturna por la via únicamente por necesidades humanitarias previa coordinación con la Administración Civil. Los vehículos podrían entrar a través del check point de Al-Misbah Khirbata y llegar hasta la aldea de Al-Jib donde retornarían las carreteras secundarias que le conducirían a Ramallah.

Los vecinos rechazaron la propuesta manteniendo su petición ante el Tribunal Superior ya que proporcionar un movimiento parcial a lo largo de la Ruta 443 era insuficiente no satisfacía sus necesidades básicas al estar limitado el acuerdo a un pequeño número de vehículos y a unas determinadas horas diarias.



La Ruta 443 es un ejemplo del régimen de prohibición de viajes que Israel impone a los vehículos palestinos en diversas carreteras repartidas por la Cisjordania ocupada. B´Tselem pide a las autoridades israelíes que cancelen inmediatamente la prohibición de movimiento de los palestinos en la Ruta 443 para que todos los palestinos puedan hacer uso de ella. B´Tselem también insta a las autoridades a eliminar las restricciones similares en otras carreteras como la Ruta 557 que va desde el check pont de Huwara a las aldeas de Beit Furik y Beit Dajan y la Ruta 90 que es la principal arteria norte-sur del Valle del Jordán

Fuente: B´Tselem

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